Opinión

COLOMBIA ELIGE Gobernadores, Alcaldes, Asambleas y Concejos

Published

on

Rodrigo Ariza R.

Para las elecciones del próximo domingo 27 de octubre de 2019, se esperan unas votaciones en paz y completo orden.

La Organización territorial de Colombia data desde la constitución nacional de 1991, en la que se proclama que Colombia es una nación soberana que posee una

administrativa basada en políticas de desarrollo que deben ser trazadas, fomentadas y llevadas a cabo por el gobierno nacional, la división administrativa y geográfica se identifica como departamentos y municipios, conformando de esta manera los diferentes niveles de organización territorial de Colombia.

• Colombia está conformada por 32 departamentos y un Distrito Capital que es Bogotá.
Para las elecciones de octubre y por voto popular, cada departamento deberá elegir un nuevo Gobernador y una Asamblea Departamental para un período de cuatro años.
Al gobernador se le otorga un cierto grado de autonomía, y no puede ser reelegido en periodos consecutivos.
• Colombia tiene 1.122 municipios registrados ante el DANE, y estos forman a los departamentos.
El gobierno municipal está encabezado por el alcalde y es administrado por un Consejo Municipal (concejo municipal), tanto el Alcalde como los Concejales son elegidos por voto popular para períodos simultáneos de cuatro años.
• El próximo 27 de octubre, en algunas ciudades también se elegirán a los miembros de las Juntas Administradoras Locales (JAL), entes que sirven de apoyo para los concejos y alcaldías locales. Las Juntas Administradoras Locales se crearon en Colombia en 1968; en 1986, por medio de un acto legislativo, fueron reformadas y posteriormente, con la Constitución Política de Colombia de 1991, se legitimaron en el artículo 318. En ese articulado se explica que las JAL se crean “Con el fin de mejorar la prestación de los servicios y asegurar la participación de la ciudadanía en el manejo de los asuntos públicos de carácter local”.

www.canicaradio.com asumiendo su responsabilidad ciudadana de informar, hace público el calendario electoral que la Registraduría de Colombia fijó de acuerdo a la resolución 14778 del mes de octubre del 2018 para elecciones regionales en el año 2019.
-Nada ha sucedido con un acto legislativo que busca el mismo cuatrienio de gobierno para alcaldes, gobernadores y presidente, prorrogando la permanencia de todos en periodos iguales y con una sola fecha de elecciones-.

EL CALENDARIO ELECTORAL es el siguiente:
28 de octubre de 2018: Inicia la inscripción de cédulas.
27 de abril de 2019: Fecha límite para ubicar mesas de votación en los corregimientos creados hasta la fecha.
27 de junio de 2019: Vence término para el registro de los comités de grupos significativos de ciudadanos, movimientos sociales y de comités independientes promotores del voto en blanco.
27 de junio de 2019: Inicia el periodo de inscripción de candidatos y listas.
27 de julio de 2019: Inicia la publicación del censo electoral y vence el plazo para que los comandantes de las Fuerzas Armadas remitan el listado de cédulas de los miembros de las distintas armas, que se deben excluir del censo electoral.
– Ese mismo día vencerá la inscripción de candidatos y listas.
29 de julio de 2019: Solicitud de listas de las personas que pueden prestar el servicio de jurados de votación a las entidades públicas, privadas, directorios políticos y establecimientos educativos.
31 de julio de 2019: Los registradores, de acuerdo con el alcalde, establecerán mediante resolución, los lugares en donde se instalarán las mesas de votación.
– Inicia la propaganda electoral a través de los medios de comunicación.
2 de agosto de 2019: Vence modificación de candidatos por renuncia o no aceptación
– Los delegados del Registrador del Estado y registradores distritales deben reportar los candidatos inscritos.
4 de agosto de 2019: Publicación de listado de candidatos inscritos, en lugar visible de sus dependencias y en la página de internet.
– La Registraduría remite a los organismos competentes la relación de candidatos cuyas inscripciones fueron aceptadas para certificar sobre causales de inhabilidad.
27 de agosto de 2019: Cierre de inscripción de ciudadanos.
– Se inician los espacios gratuitos en los medios de comunicación que hacen uso del espectro electromagnético.
13 de septiembre de 2019: Conformación de listas de delegados del Consejo Nacional Electoral.
27 de septiembre de 2019: Revocatoria de la inscripción por causas constitucionales o legales, inhabilidad sobreviniente o evidenciada con posterioridad a la inscripción.
4 de octubre de 2019: Selección de delegados del Consejo Nacional Electoral.
11 de octubre de 2019: Designación de comisiones escrutadoras y claveros por los tribunales.
12 de octubre de 2019: Fecha límite para la realización del sorteo y publicación de listas de jurados de votación.
16 de octubre de 2019: En caso de muerte o incapacidad física, podrán inscribirse nuevos candidatos.
25 de octubre de 2019: Listado de testigos electorales.
– Inmunidad de los miembros de las comisiones escrutadoras, sus secretarios y claveros.
– Finalizan los espacios gratuitos en los medios de comunicación que hacen uso del espectro electromagnético, para los partidos y movimientos políticos.
26 de octubre de 2019: Iniciará la ley seca a las 6 de la tarde.
27 de octubre de 2019: Día de elecciones.
– Las comisiones escrutadoras deberán estar en la sede del escrutinio.
– Inicio de los escrutinios distritales, municipales y auxiliares.
– Finaliza la ley seca.
– Inician escrutinios departamentales.

Recuerde que si quiere que Colombia cambie, debe ejercer el derecho al voto y elegir a quienes considere son idóneos y capaces de guiar los destinos de los municipios y departamentos.
Si sigue votando por los mismos, seguirá el país igual o peor; vote a conciencia y no se deje amedrantar ni amenazar, si esto llega a suceder no se quede callado DENUNCIE.

Trending

Copyright © 2020 Canicaradio.com. | Diseño AJ Audiovisual